Acerca del Socio

Fernando Carpio con 23 años de experiencia como abogado experto en derecho sucesorio y transporte en Ecuador.

Abogado

Fernando Carpio

Socio – Gerente

Abogado de contratación pública y Seguros - Fernando Carpio

Fernando es socio en BRITANNIA Buró de Técnica Jurídica. Tiene más de 23 años de experiencia.

Abogado en Derecho
Sucesorio y Transporte con Trayectoria y Experiencia Profesional

En el mundo del transporte, primero como abogado in-house una de las navieras de tráfico internacional más grandes del país y luego manejando innumerables siniestros de transporte interno y de importación como abogado in-house y líder del Departamento de siniestros de dos importantes compañías del mercado de seguros del mercado nacional.

Abogado en Gestión de Transporte Marítimo con experiencia.

En el andar de su carrera profesional, Fernando ha podido contribuir en el diseño de contratos de transporte marítimo, así como conocer a profundidad las normas y los procesos propios del transporte terrestre y cómo actuar a la hora de los infortunios donde las inevitables pérdidas de mercancías y daños a los medios de transporten se presentan.

Una de sus pasiones es compartir sus conocimientos y vivencias con sus clientes para contribuir al logro de los objetivos empresariales en sus organizaciones.

En el campo civil, desde el año 2002 ha venido asesorando y patrocinando a clientes en asuntos contractuales y de familia, en especial lo relativo al régimen de herencias de lo cual es un ferviente estudioso de la evolución de la normativa y del criterio de los altos tribunales a través de la jurisprudencia.

En Britannia BTJ ofrecemos asesoría con abogado experto en derecho sucesorio y transporte, brindando seguridad jurídica en herencias, testamentos y partición de bienes. Asesoramos en contratos de transporte, responsabilidad civil y cumplimiento normativo. Garantizamos defensa legal estratégica, confidencialidad y protección efectiva de sus intereses.

SERVICIOS

Herencias Legal

El rol social que desempeña el marco jurídico de las herencias en el Ecuador es preponderante, ya que garantiza la transmisión ordenada del patrimonio de quien ha fallecido en favor de sus herederos. También procura evitar conflictos familiares al definir mecanismos legales claros para la justa distribución del patrimonio, sea con testamento o sin él, siendo una herramienta fundamental para la continuidad y estabilidad económica familiar.

En BRITANNIA Buró de Técnica Jurídica creemos firmemente que la claridad de las cuentas juega un papel de singular importancia al momento de asignar los bienes dejados por el ser querido; por ello estamos enfocados en brindar asesoría legal a aquellas familias que deseen manejar sus asuntos hereditarios con eficiencia y, sobre todo, con transparencia.

El objetivo que perseguimos es coadyuvar a las familias a que tomen decisiones adecuadas y perfectamente informadas en temas de herencias, para cuyo fin apoyamos a nuestros clientes en la comprensión de los alcances de las disposiciones tanto legales como testamentarias, en los siguientes aspectos:

Preguntas frecuentes sobre derecho de herencias

Existe la posibilidad de activar la acción conocida como ‘petición de herencia’, por la cual la persona perjudicada puede pedir al juez que le adjudique aquella parte de la herencia a la que tiene derecho y además se le entregue los bienes y derechos que le corresponde.

La Ley concede 15 años a partir del día de la apertura de la sucesión.

Existe la posibilidad de activar la acción conocida como ‘reforma de testamento’, por la cual la persona que no ha recibido en el testamento lo que por ley le corresponde, puede pedir al juez que se modifique el testamento para que se reconozcan sus derechos.

La Ley concede 4 años a partir del día en que el interesado tuvo conocimiento de la existencia del testamento.

La Ley permite a que cualquiera de los herederos pueda pedir la partición de la herencia en cualquier momento a fin de que cada uno pueda disponer de lo suyo. La partición puede ser con la intervención de un juez (judicial) o extrajudicial si todos los herederos están de acuerdo y si todos tienen la capacidad de disponer libremente de lo suyo.

Si, la Ley permite que cualquiera de los herederos pueda exigir al albacea rinda cuentas de la administración de los bienes hereditarios bajo su cuidado.

La Ley prohíbe a los padres privar a uno o varios los hijos de la parte correspondiente de la herencia, salvo en los casos en que existe una o varias de las causales señaladas en la Ley de desheredamiento o de indignidad.

Si, el cónyuge sobreviviente que carece de la necesario para subsistir, tiene derecho a la porción conyugal, la cual se calcula comparando el patrimonio propio del cónyuge sobreviviente con la cuarta parte (25%) de la masa hereditaria. Si el patrimonio propio del cónyuge sobreviviente es menor al 25% de la masa hereditaria del difunto, tiene derecho a la «porción conyugal complementaria» para completar el 25%. Si el patrimonio propio del cónyuge sobreviviente es igual o mayor al 25% de la masa hereditaria del difunto, no tiene derecho a recibir la porción conyugal.

Si, las disposiciones testamentarias si pueden condicionar la entrega de la herencia al cumplimiento de una condición que sea realizable. Ejemplo: Dejo a mi hijo mayor un vehículo el cual solo podrá recibir una vez que se haya graduado en la universidad.

De acuerdo a la Resolución No. NAC-DGERCGC25-00000043 “ACTUALIZAR LOS RANGOS DE LAS TABLAS ESTABLECIDAS PARA LIQUIDAR EL IMPUESTO A LA RENTA DE PERSONAS NATURALES, SUCESIONES INDIVISAS Y SOBRE HERENCIAS, LEGADOS, DONACIONES, HALLAZGOS Y TODO TIPO DE ACTO O CONTRATO POR EL CUAL SE ADQUIERA EL DOMINIO, A TÍTULO GRATUITO, DE BIENES Y DERECHOS, CONFORME EL ARTÍCULO 36 DE LA LEY DE RÉGIMEN TRIBUTARIO INTERNO, PARA EL PERÍODO FISCAL 2026”, dictada por el SRI con fecha 29 de diciembre de 2025, los valores son los siguientes:

Personas naturales y sucesiones indivisas (Año 2026 en dólares )

Fracción Básica (USD)Exceso hasta (USD)Impuesto Fracción Básica (USD)Impuesto Fracción Excedente (%)
12.2080%
12.20815.5495%
15.54920.18816710%
20.18826.70063112%
26.70035.1361.41215%
35.13646.5752.67820%
46.57562.0054.96525%
62.00582.6798.82330%
82.679109.95615.02535%
109.956En adelante24.57237%

Herencias, legados, donaciones, hallazgos y todo tipo de acto o contrato por el
cual se adquiera el dominio a título gratuito, de bienes y derechos. (Año 2026 en dólares )

Fracción Básica (USD)Exceso hasta (USD)Impuesto Fracción Básica (USD)Impuesto Fracción Excedente (%)
78.5270%
78.527157.0535%
157.053314.1083.92610%
314.108471.19319.63215%
471.193628.26843.19520%
628.268785.32174.60925%
785.321942.353113.87330%
942.353En adelante160.98235%

Si, toda persona llamada a aceptar una herencia es libre de repudiarla. Pero no es permitido repudiar condicionalmente, ni se puede repudiar una parte o cuota de la herencia y aceptar el resto.

Socios de la Firma

Abogado de contratación pública y Seguros - Fernando Carpio

Abg. Fernando Carpio

Consultor en Derecho
Sucesorio y Transporte

Abogado en hidrocarburos  - Mónica Rojas

Abg. Mónica Rojas

Consultor en Contratación Pública, Derecho Administrativo e Hidrocarburos

Abogado derecho Corporativo - Karla Espinosa

Abg. Karla Espinosa

Consultor en Prevención de
Lavado de Activos